1 · Derechos y riesgos
La empresa debe proteger la seguridad y salud en el trabajo. Cada persona debe conocer los riesgos de su puesto y las medidas aplicables. La prevención empieza por evitar el riesgo; si no es posible, se evalúa.
Fuente: Ley 31/1995, arts. 14, 15 y 18 ↗2 · Proteger y aprender
Se da prioridad a la protección colectiva. Los equipos de protección individual se utilizan cuando el riesgo no se ha podido evitar o limitar suficientemente por otros medios. La formación preventiva debe ser teórica, práctica, suficiente y adecuada, sin coste para el trabajador.
Fuente: Ley 31/1995, arts. 15, 17 y 19 · INSST ↗3 · Emergencias y actuación
Las medidas de emergencia contemplan primeros auxilios, incendios y evacuación. Ante un riesgo grave e inminente, la ley permite interrumpir la actividad en sus términos. Comunica de inmediato una situación de riesgo y usa correctamente las protecciones facilitadas.
Fuente: Ley 31/1995, arts. 20, 21 y 29 ↗